martes, 17 de septiembre de 2024

IVA y RENTA en la mira de "Perios" y "Comus"

Nos dijo el invitado, Elián Villegas (ex ministro de Hacienda) que los “impuestos” son justo eso, una obligación legal... Así que para todo profesional que empieza a trabajar, este tema merece un poquito de atención porque usualmente no se enseña en la U. 

Fabricio, Gabriel Jimena y David, estudiantes de Práctica Profesional en periodismo, conversan con el exministro Villegas


Estamos en los encuentros quincenales y virtuales del curso de “Práctica Profesional” de periodismo y comunicación de la Escuela de Comunicación de la Universidad de Costa Rica.  

¡SON DOS IMPUESTOS a tomar en cuenta!

Incluso como “freelancers”, siempre debemos presentar la declaración y si fuera el caso, pagar. 

Uno es el Impuesto al Valor Agregado IVA cuyo trámite es mensual. Es un ajuste de cuentas entre los IVA que yo pagué durante mis compras o servicios propios de mi actividad (a saber, compra de un micrófono, pago a una persona para que diagrame un texto,  contratación de unos talleres en comunicación, etc) y los IVA que yo facturé con los clientes que me contrataron. Es decir, el IVA parte de la idea de que cada profesional es un “recaudador (a)”. 

El otro impuesto es la RENTA. Se paga anualmente en marzo  pero el cierre del periodo ocurre en diciembre anterior, siempre y cuando haya poco más de 4 millones de colones de ganancia. En caso que hubiera menos, igual hay que presentar la declaración en la plataforma ATV del Ministerio de Hacienda de Costa Rica. 

Luego de que Usted haga su primer pago de RENTA, las autoridades tomarán ese monto como base para el periodo siguiente y lo partirán en cuatro tractos para pagos parciales en junio, setiembre y diciembre, más la liquidación final del marzo siguiente.

Por ejemplo, usted pagó en renta un millón en el 2024, entonces, durante el 2025 le tocará pagar ese mismo millón pero en tractos de 250 mil colones.

¿Qué pasa si mi actividad como periodista /comunicador se cae porque mi principal cliente no me contrató? Pues debo ir al Ministerio de Hacienda (oficinas de Tributación Directa) para probar esa nueva realidad y que esos pagos se me ajusten a la baja. 

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